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Violencia contra las mujeres

La violencia contra las mujeres, o violencia basada en el género, es una forma de discriminación que impide que las mujeres, en igualdad con los hombres, puedan ejercer sus derechos y libertades que se establecen en el marco de los derechos humanos.Esta violencia es fruto de las relaciones asimétricas de poder entre las mujeres y los hombres y se manifiestan, tanto en el ámbito de la familia, como de la comunidad y el Estado en su conjunto. Es decir, esta forma de violencia en sus diversas expresiones, afecta la vida de las personas en todos los niveles socioeconómicos, tanto el ámbito público como en el privado. Es un fenómeno muchas veces justificado para proteger el orden patriarcal que desmotiva la participación de las mujeres para intervenir en todos los ámbitos de la sociedad. Es relativamente reciente el reconocimiento de los gobiernos que la violencia de género es un asunto de política pública y que su incidencia tiene importantes consecuencias en los ámbitos social y económico – lo cual ha llegado a representar inclusive un problema de sobrevivencia para las mujeres y un serio obstáculo para la consolidación de la democracia y el desarrollo.

En síntesis, la violencia de género, como sinónimo de violencia contra las mujeres, se define como cualquier acto de coerción que se base en el género y que tenga como consecuencia daño físico, sexual, psicológico, político, social y económico para las mujeres en todas las fases de su ciclo vital. Incluye la coacción o privación arbitraria de la libertad, o tan sólo la amenaza de tales actos y aplica tanto al ámbito privado como al público. Específicamente se refiere a la violencia física, sexual, psicológica, social y/o económica que:

• Tenga lugar en la familia: incluye los malos tratos, la explotación de la fuerza de trabajo, la violación marital, el abuso sexual de las niñas, la violación no conyugal, el embarazo forzoso, la limitación del ejercicio de los derechos políticos y de las oportunidades de educación y desarrollo profesional y económico, y todo tipo de costumbres y prácticas tradicionales que impiden el goce de los derechos humanos de las mujeres.
• Suceda dentro de la comunidad: incluye la violación y el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexual en el trabajo, las escuelas, las instituciones académicas, los servicios de salud o en cualquier otro lugar público, la prostitución forzada, el control sobre la vida reproductiva, ejercida tanto por individuos como por organizaciones civiles o dependencias del Estado.
• Sea permitida por el Estado, donde quiera que esta ocurra, incluyendo formas de discriminación directas o indirectas en leyes, políticas, planes, programas, proyectos o servicios.

Legislación relacionada

Evaluación de la Implementación de las Disposiciones de la Convención de Belem Do Pará (2006). PDF (178 kb)

Protección contra la violencia familiar DOC (23 kb)

Aprobación de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer. Convención de Belem Do Para DOC (19 kb)

Delitos contra la integridad Sexual. Código Penal. Modificación DOC (31 kb)

Reglaméntase la Ley 24417 DOC (30 kb)

Acoso sexual en la Administración Pública Nacional DOC (21 kb)