En una ceremonia virtual que incluyó a las ministras de Salud, Carla Vizzotti, y de Mujeres, Géneros y Diversidades, Elisabeth Gómez Alcorta, fue presentado la nueva edición del Protocolo de Atención para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción voluntaria y legal del embarazo. El mismo fue publicado en el día de la fecha en el Boletín Oficial como anexo de la resolución 1535/2021 del Ministerio de Salud.
El inicio del protocolo, que habla sobre el contexto argentino y mundial con respecto al aborto, afirma que “la interrupción del embarazo es un procedimiento seguro si es practicado con la tecnología y en las condiciones adecuadas (OMS, 2012). En los países donde el aborto está permitido por la ley y el personal de salud está capacitado para ofrecer servicios seguros, la tasa de mortalidad por estas prácticas es baja, de 0.2 a 2 muertes por cada 100.000 abortos”.
Durante la presentación, la ministra Vizzotti destacó que en el protocolo “no se habla solo de la salud biológica, sino de salud integral, del lugar de la mujer en la sociedad con igualdad de oportunidades, sin violencia, con derechos sexuales y reproductivos que se ejerzan desde la autonomía y la libertad”. Por su lado, la ministra Gómez Alcorta aseguró que “con este protocolo estamos dando un paso más en la historia de la igualdad y la justicia social. Es una herramienta indispensable para cumplir con la IVE y la ILE en todo el país y evitar peligros y daños a las mujeres y personas gestantes”. La versión anterior del protocolo fue publicada a fines del 2019, previa a la sanción de la ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
También estuvo presente durante este evento Vilma Ibarra, secretaria Legal y Técnica de Presidencia de la Nación y una de las redactoras quien reconoció el gran trabajo detrás de la ley y del protocolo: “es producto de una lucha de muchísimos años y de muchísimas personas”.
“El protocolo es una herramienta de la política pública sanitaria que permite fijar estándares de acceso y calidad en la atención de las personas en situación de interrupción del embarazo y postaborto como así también de apoyo y respaldo a las instituciones que vienen garantizando este derecho”, explicó Valeria Isla, directora nacional de Salud Sexual y Reproductiva de la cartera sanitaria.
¿Qué dice el protocolo?
El protocolo ofrece una guía a los equipos y establecimientos de salud para que cumplan con la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y atención posaborto, en el contexto del compromiso del Estado argentino con el cumplimiento de los derechos sexuales y reproductivos establecidos en el marco jurídico nacional, específicamente, en la Constitución nacional, Tratados Internacionales de Derechos Humanos, el Código Penal y el Código Civil y Comercial de la Nación, así como por todas las leyes concordantes de protección de pacientes, mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, entre otras.
El documento consiste de dos partes: la primera dedicada al marco legal, que incluye los principios rectores del derecho al aborto, las condiciones para el acceso a la IVE y la ILE, el consentimiento informado necesario para cada caso, todo lo referido a la objeción de conciencia, y la responsabilidad profesional e institucional. La segunda parte consiste del proceso de atención integral de las personas con derecho a la IVE e ILE.
Esta herramienta que lleva a la práctica médica cotidiana los lineamientos de la mencionada ley, está diseñada en base a la comprensión fundamental de que el personal de salud es responsable de asegurar y no obstruir el derecho a la IVE.
En una nota con Clarín, Natalia Gherardi, Directora Ejecutiva de ELA explicó: “Los protocolos son herramientas para la gestión de la política sanitaria: buscan contribuir a hacer operativos los derechos que establecen las leyes y otras normas en relación con el acceso al aborto. Para los equipos de salud los protocolos ayudan a clarificar la interpretación de las normas, aportan una guía para la organización de los servicios de modo de poder articular eficazmente los medios y recursos para garantizar el acceso al derecho al aborto.
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