En febrero de 2008 en una zona rural de El Salvador, Manuela de 31 años sufrió la pérdida involuntaria de su embarazo. La mujer fue encontrada desmayada en la letrina de su casa y fue detenida en el hospital tras la denuncia de los profesionales de la salud que debían cuidar de ella. La denuncia fue realizada por la sospecha de un aborto, en un Estado que prohíbe totalmente esta práctica. Tras un juicio lleno de prejuicios sociales y estereotipos de género, la mujer fue condenada a 30 años de prisión, donde murió en 2010 a causa de un cáncer linfático no tratado. A principios de marzo de este año, el caso de Manuela llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Existen muchos otros casos como éste en El Salvador, pero es la primera vez que la Corte IDH debe pronunciarse en un caso en el cual resulta demandado un Estado con prohibición total del aborto. ELA presentó un memorial de amicus curiae en la causa en el cual destacó, entre otras cosas, las disparidades e injusticias presentes en el caso de Manuela. “Esta situación de discriminación estructural de las mujeres en el sistema de justicia, víctimas de fuertes estereotipos de género cuando se apartan de mandatos sociales de conducta y son imputadas por eventos obstétricos, es generalizada en la región”, resaltó el escrito, “en este sentido, cabe destacar que en la petición presentada ante la CIDH se sostuvo que en El Salvador existe una situación estructural de violaciones de derechos humanos que incluye la persecución penal y encarcelamiento de mujeres que sufren eventos obstétricos”.
Manuela ingresó al hospital con una fuerte hemorragia y síntomas de preeclampsia. Quienes la atendieron la denunciaron ante la policía por sospechar que el aborto había sido autoinducido. La joven, que provenía de una zona rural y pobre, no sabía leer ni escribir. Durante el juicio, hubo muchas irregularidades, entre ellas, el cambio constante de su abogado defensor y que su padre (quien tampoco sabía leer ni escribir) fue obligado a firmar un documento, sin su conocimiento, que inculpaba a su hija. Manuela había presentado síntomas de cáncer en 2007 pero, una vez encarcelada, fueron ignorados. “El Estado no le brindó diagnóstico ni tratamiento apropiado. Ese cáncer fue una de las causas de la emergencia obstétrica que tuvo”, comentó en una conferencia de prensa Sara García de la Colectiva Feminista de El Salvador. Manuela, quien en ese entonces tenía dos hijos de 7 y 9 años de edad, murió a los 33 años esposada a una camilla.
El memorial de amicus curiae presentado por ELA sostuvo que en este caso se demuestran diversas afectaciones a los derechos de la mujer “que han tenido un impacto diferencial en su vida en virtud del género y su situación socioeconómica”. Según sostiene el escrito: “en primer lugar, el deficiente acceso a la salud que tuvo Manuela por su cáncer, el cual se vio agravado (en un primer momento) por su situación de vulnerabilidad y, posteriormente, por su encarcelamiento y la discriminación ejercida por distintos/as agentes estatales sesgados/as por estereotipos de género. En segundo lugar, el evento obstétrico que atravesó evidenció una serie de vulneraciones a sus derechos que debe ser analizada desde una perspectiva de género”.
En El Salvador, entre el año 2000 y 2019, 181 mujeres fueron procesadas por aborto o por homicidio agravado en casos similares al de Manuela. En este Estado, el aborto no solamente está prohibido sino que tiene una de las legislaciones más severas del mundo. Las condenas pueden ir de entre algunos meses hasta los 12 años de prisión y, aún así, los sectores más conservadores buscan aumentar la escala penal a un mínimo de 30 años y un máximo de 50. Activistas salvadoreñas piden a la Corte IDH que se condene al Estado salvadoreño por la violación de los derechos humanos de Manuela y su familia y establezca parámetros para la región en contra de la criminalización de mujeres en situación de aborto.
“Será un pilar fundamental para ello la decisión que tome la Corte [IDH] en el presente, ya que el caso de Manuela ha sido paradigmático en la región por la gran cantidad de violaciones a los derechos humanos que se han producido. Sin dudas, considerando el contexto de discriminación y criminalización estructural de mujeres criminalizadas por eventos obstétricos que padece la región, este caso sentará un precedente de enorme importancia, lo que sin dudas redundará en sentencias más justas y respetuosas de los estándares de derechos humanos en la materia”, concluyó el memorial de amicus curiae presentado por ELA. La decisión de la Corte IDH se espera para finales de este año.