El Juzgado Federal Criminal y Correccional Nº 1 de La Plata dispuso hoy que la vacante producida en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación por la renuncia del diputado Guillermo Tristán Montenegro, debe ser ocupada por Adriana Cintia Cáceres, la diputada que seguía en la lista que compitió en las elecciones de 2017.
Tras la victoria de Guillermo Tristán Montenegro en las recientes elecciones de 2019 como Intendente de la ciudad de Mar del Plata, se produjo una vacante en la Cámara Baja. Su lugar le correspondía a Adriana Cáceres, quien en 2017 formó parte de la misma lista y quedó como primera suplente en el orden sucesorio, de acuerdo con la Ley Nº 23.298 que establecía el cupo mínimo de mujeres candidatas, vigente al momento de su elección. Sin embargo, al producirse la vacante, se propuso como reemplazo a un varón, con el argumento erróneo de que correspondía que Montenegro sea reemplazado por alguien del mismo género con base en la Ley Nº 27.412 de Paridad de Género en los ámbitos de Representación Política, que fue sancionada con posterioridad a la elección de 2017. Por ello, Adriana Cáceres inició una acción de amparo solicitando ocupar la banca que le correspondía tras la renuncia de Montenegro.
Organizaciones de la sociedad civil, referentes y especialistas en los derechos políticos de las mujeres habían presentado un escrito de amicus curiae ante la justicia con el objetivo de aportar argumentos sobre la aplicación de la paridad de género en la Cámara de Diputados de la Nación. El amicus llevó las firmas del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Laboratorio de Prácticas e Investigaciones Sociales Asociación Civil (LAPIS), Fundación Mujeres en Igualdad (MEI), Amnistía Internacional, junto a Nélida Minyersky, abogada especialista en derechos humanos y género; María Luisa Storani, Parlamentaria del Mercosur; Diana Helena Maffía, Doctora en filosofía y especialista en estudios de género; María Inés Tula, Doctora en derecho e investigadora del CONICET y la Diputada Nacional por Cambiemos, Silvia Lospennato.
El fallo, firmado por Adolfo Gabino Ziulu, Juez Federal Subrogante con competencia electoral, hizo lugar a la acción planteada. “Sería impropio privar a una mujer de acceder a una banca de la Cámara de Diputados de la Nación que ha decidido el pronunciamiento popular, por su condición de tal y en supuesto cumplimiento de una ley de paridad de géneros que tiene como finalidad promover una mayor participación de la mujer en la vida parlamentaria”, argumentó el Juez en el escrito.
Sobre la vigencia y aplicación de la Ley Nº 27.412 de Paridad de Género en los ámbitos de Representación Política, sancionada en diciembre de 2017, el fallo señala que empezó a regir “luego de que se hubieren realizado las elecciones para diputados nacionales cuya vacante debe cubrirse, pero antes de que se hubiere generado la vacante propiamente dicha, lo que ha acontecido recientemente en el año 2019”. Ziulu también destaca en su fallo que tanto la ley que establece el cupo femenino como la que refiere a la paridad de género tienen una misma intencionalidad: “lograr la mayor participación femenina en la vida política del Congreso” aunque “se distinguen en cuanto al grado o compromiso asumido para lograr esa igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres”. En todo caso, lo que queda claro es que ninguna de las normas aprobadas en distintos momentos para promover la participación y representación política de las mujeres en el ámbito legislativo, puede usarse en contra de esos mismos intereses.
En un contexto donde muchas bancas están en juego como consecuencia de los cargos que asumirán en otros ámbitos (nacionales, provinciales o internacionales), celebramos la decisión judicial que reconoce no solo el derecho de Adriana Cáceres de asumir como diputada sino que promueve una democracia paritaria, un principio que deberán seguir todas las fuerzas políticas.